De conformidad con el Calendario previsto para las Elecciones a la Presidencia y vicepresidencias de la AEP, procedemos a publicar los nombres de los socios que componen el Comité Electoral, de entre los socios voluntarios que han ofrecido su colaboración en este proceso.

Este Comité ha de constar de 3 miembros titulares y 3 suplentes, de acuerdo al Reglamento interno, quedando constituido de la siguiente manera:

  • Titulares:
    • María Isabel Gómez Hernando (Madrid)
    • Juan Ramón Vidal Fernández (Galicia)
    • Pablo Domínguez González de Rivera (Madrid)
  • Suplentes:
    • Jorge Hurlé Palacios (Asturias)
    • Javier Eiroa Escalada (Andalucía)
    • Florentina de Paz Alcántara (Canarias)

Sus competencias básicas, entre otras, son:

  • Admitir y proclamar candidatos
  • Resolver impugnaciones y reclamaciones, que en su caso se presenten, relativas al Censo, Candidatos, Mesa Electoral, así como aquellos que se originen durante la votación.
  • Decidir sobre cualquier cuestión que afecte directamente a la celebración de las elecciones y los resultados de las mismas.

Siendo el máximo órgano responsable del Proceso Electoral. Para ello dispondrá de total autonomía y arbitrará las medidas oportunas que garanticen la debida comunicación, transparencia y difusión de la Convocatoria, los Candidatos y el Calendario (Art.24.3).

Entre los miembros del Comité Electoral se nombrará presidente/a al socio/a de más edad, que velará por el buen funcionamiento del Proceso Electoral, secretario/a que será el de menos edad de los tres miembros y encargado de levantar acta de las sesiones que celebren y el otro miembro será vocal. Los acuerdos del Comité se adoptarán por mayoría  de los votos de los miembros, siendo de calidad el voto del Presidente.

A los efectos de que cualquier socio quiera presentar su candidatura, puede hacerlo dirigiéndose a los titulares del Comité Electoral a esta dirección-e comiteelectoral@aeprotocolo.org

Si alguno de los designados para formar parte del C.E. pretendiera  concurrir a las elecciones, lo comunicará  a la Secretaría General de la AEP en el momento de constitución inicial a los efectos de su sustitución por los mismos procedimientos previstos para su designación que se producirá  en el plazo máximo de cuatro (4) días.