El atentado perpetrado en la ciudad de Bruselas el martes 22 de mazo, ha conmocionado al mundo entero. Inmediatamente, desde la AEP, hemos condenado rotundamente esta barbarie sin sentido que atenta contra la libertad, la convivencia pacífica y el proyecto común de una Europa unida y democrática. Nuestros sentimientos de emocionado recuerdo para las víctimas, de solidaridad para sus familiares y de repulsa ante esta injusta e irracional acción criminal.

Además de los ciudadanos y las asociaciones, los estados, los gobiernos y las administraciones públicas, han manifestado estos mismos sentimientos, con la adopción de medidas que, desde el fuerte simbolismo que representan, tratan de significar la indignación de todos con esos mismos símbolos: banderas a media asta, minutos de silencio, concentraciones…

Desde la AEP, defensora del protocolo como un instrumento para facilitar el entendimiento y el encuentro, queremos también significar la desacertada actuación oficial de nuestro Gobierno, quizá de forma no intencionada pero si desafortunada aunque se pretenda acercarnos a los usos que se vienen utilizando en la U.E. Mientras ayuntamientos y comunidades autónomas elaboraban y difundían de forma inmediata decretos de luto oficial, que aclaran y pormenorizan las decisiones a tomar en cuanto a celebración de actos públicos, banderas o acciones de condena, el Gobierno de España ha emitido una Nota Informativa distribuida por la Secretaría General de Presidencia, que «determina» que las banderas ondearán a media asta en edificios oficiales hasta las 24:00 horas del jueves 24. Esta nota llegaba a los ayuntamientos a través de  una circular de la FEMP.

Dejamos constancia de que en nuestro país no existe una regulación especifica que regule la aplicación del “luto nacional”,que debe ser aprobado por el Consejo de Ministros y  salvo lo que señala el ,bastante desfasado, Reglamento de Banderas (RD-1511/1997, de 21 de enero. BOE nº 156, de 1º de julio de 1997),para lo que animamos a la necesaria  actualización.

En momentos de dolor y consternación, de rabia contenida y de repulsa general, hay que esmerar las decisiones a tomar, hacerlo de una forma eficaz y rápida, sin prescindir de las herramientas administrativas o de índole protocolaria con las que se cuenta, por ejemplo, la declaración de Luto Oficial que, desgraciadamente, se ha utilizado en situaciones similares, de indudable repercusión política, social y mediática.

La declaración de Luto Oficial no es un mero trámite sino una manera de mostrar una postura rotunda y mayoritariamente respaldada. A veces, la misma irracionalidad de estas situaciones, nos llevan a no calibrar, involuntariamente, la repercusión de determinadas decisiones.

Nuestro deseo es no tener que acudir nunca a estas medidas institucionales, pero si nos vemos en la necesidad de hacerlo, apliquemos las mismas de forma adecuada.